DESCUENTOS A TRIBUTOS EN GOYA

VIS T O:

El Código Tributario Municipal sancionado por Ordenanza N° 1.791 y sus modificaciones, y;;;;

CONSIDERANDO:

 Que se debe realizar una consideración financiera como reconocimiento al esfuerzo del contribuyente que paga de contado los tributos mencionados antes del primer vencimiento o bien en cuotas dentro de los plazos establecidos en el Calendario Fiscal, siempre que no mantenga cuotas vencidas impagas.

Por ello:

EL VICE PRESIDENTE 1° DEL H.C.D

A CARGO DE LA COMUNA

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Establecer los siguientes descuentos de acuerdo al tributo y la forma de pago del mismo, la que será aplicable únicamente en los casos de contribuyentes que no registren cuotas vencidas al momento del pago (total anual o cuota) correspondiente al periodo fiscal 2022.

  1. a) Impuesto Automotor
  2. Vehículos: automotores, camiones /utilitarios:
  3. Por pago total vencimiento o su prórroga 50% de descuento.
  4. Por pago hasta en 6 cuotas al día de su vencimiento o su respectiva prórroga, 5% de descuento.
  5. Motovehículos
  6. 30% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prórroga.
  7. 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prórroga.
  8. b) Impuesto Inmobiliario:
  9. 20% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prórroga.
  10. 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prórroga.
  11. c) Tasa de Retribución de Servicios:
  12. 25% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prórroga.
  13. 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prórroga.

ARTÍCULO 2°: COMUNÍQUESE regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.